Red SOStenible
January 12th, 2010

Red SOStenible

Consideramos imprescindible la retirada de la disposición final primera de la Ley de Economía Sostenible por los siguientes motivos:

1 -Viola los derechos constitucionales en los que se ha de basar un estado democrático en especial la presunción de inocencia, libertad de expresión, privacidad, inviolabilidad domiciliaria, tutela judicial efectiva, libertad de mercado, protección de consumidoras y consumidores, entre otros.

2 – Genera para la Internet un estado de excepción en el cual la ciudadanía será tratada mediante procedimientos administrativos sumarísimos reservados por la Audiencia Nacional a narcotraficantes y terroristas.

3 – Establece un procedimiento punitivo “a la carta” para casos en los que los tribunales ya han manifestado que no constituían delito, implicando incluso la necesidad de modificar al menos 4 leyes, una de ellas orgánica. Esto conlleva un cambio radical en el sistema jurídico y una fuente de inseguridad para el sector de las TIC (Tecnología de la Información y la Comunicación). Recordamos, en este sentido, que el intercambio de conocimiento y cultura en la red es un motor económico importante para salir de la crisis como se ha demostrado ampliamente.

4 – Los mecanismos preventivos urgentes de los que dispone la ley y la judicatura son para proteger a toda ciudadanía frente a riesgos tan graves como los que afectan a la salud pública. El gobierno pretende utilizar estos mismos mecanismos de protección global para beneficiar intereses particulares frente a la ciudadanía. Además la normativa introducirá el concepto de “lucro indirecto”, es decir: a mí me pueden cerrrar el blog porque “promociono” a uno que “promociona” a otro que linka a un tercero que hace negocios presuntamente ilícitos

5 – Recordamos que la propiedad intelectual no es un derecho fundamental contrariamente a las declaraciones del Ministro de Justicia, Francisco Caamaño. Lo que es un derecho fundamental es el derecho a la producción literaria y artística.

6 – De acuerdo con las declaraciones de la Ministra de Cultura, esta disposición se utilizará exclusivamente para cerrar 200 webs que presuntamente están atentando contra los derechos de autor. Entendemos que si éste es el objetivo de la disposición, no es necesaria, ya que con la legislación actual existen procedimientos que permiten actuar contra webs, incluso con medidas cautelares, cuando presuntamente se esté incumpliendo la legalidad. Por lo que no queda sino recelar de las verdaderas intenciones que la motivan ya que lo único que añade a la legislación actual es el hecho de dejar la ciudadanía en una situación de grave indefensión jurídica en el entorno digital.

7 – Finalmente consideramos que la propuesta del gobierno no sólo es un despilfarro de recursos sino que será absolutamente ineficaz en sus presuntos propósitos y deja patente la absoluta incapacidad por parte del ejecutivo de entender los tiempos y motores de la Era Digital.

La disposición es una concesión más a la vieja industria del entretenimiento en detrimento de los derechos fundamentales de la ciudadanía en la era digital.

La ciudadanía no puede permitir de ninguna manera que sigan los intentos de vulnerar derechos fundamentales de las personas, sin la debida tutela judicial efectiva, para proteger derechos de menor rango como la propiedad intelectual. Dicha circunstancia ya fué aclarada con el dictado de inconstitucionalidad de la ley Corcuera (o ley de patada en la puerta). El Manifiesto en defensa de los derechos fundamentales en Internet, respaldado por más de 200 000 personas, ya avanzó la reacción y demandas de la ciudadanía antes la perspectiva inaceptable del gobierno.
Para impulsar un definitivo cambio de rumbo y coordinar una respuesta conjunta, el 9 de enero se ha constituido la “Red SOStenible” una plataforma representativa de todos los sectores sociedad civil afectados. El objetivo es iniciar una ofensiva para garantizar una regulación del entorno digital que permita expresar todo el potencial de la Red y de la creación cultural respetando las libertades fundamentales.

En este sentido, reconocemos como referencia para el desarrollo de la era digital, la Carta para la innovación, la creatividad y el acceso al conocimiento, un documento de síntesis elaborado por más de 100 expertos de 20 países que recoge los principios legales fundamentales que deben inspirar este nuevo horizonte.
En particular, consideramos que en estos momentos es especialmente urgentes la implementación por parte de gobiernos e instituciones competentes, de los siguientes aspectos recogidos en la Carta:

1 – Las/os artistas como todos los trabajadores tienen que poder vivir de su trabajo (referencia punto 2 “Demandas legales”, párrafo B. “Estímulo de la creatividad y la innovación”, de la Carta);

2 – La sociedad necesita para su desarrollo de una red abierta y libre (referencia punto 2 “Demandas legales”, párrafo D “Acceso a las infraestructuras tecnológicas”, de la Carta);

3 – El derecho a cita y el derecho a compartir tienen que ser potenciado y no limitado como fundamento de toda posibilidad de información y constitutivo de todo conocimiento (referencia punto 2 “Demandas legales”, párrafo A “Derechos en un contexto digital”, de la Carta);

4 – La ciudadanía debe poder disfrutar libremente de los derechos exclusivos de los bienes públicos que se pagan con su dinero, con el dinero publico (referencia punto 2 “Demandas legales”, párrafo C “Conocimiento común y dominio público”, de la Carta);

5 -Consideramos necesaria una reforma en profundidad del sistema de las entidades de gestión y la abolición del canon digital (referencia punto 2 “Demandas legales”, párrafo B. “Estímulo de la creatividad y la innovación”, de la Carta).

Por todo ello hoy se inicia la campaña INTERNET NO SERA OTRA TELE y se llevarán a cabo diversas acciones ciudadanas durante todo el periodo de la presidencia española de la UE.

Consideramos particularmente importantes en el calendario de la presidencia de turno española el II Congreso de Economía de la Cultura (29 y 30 de marzo en Barcelona), Reunión Informal de ministros de Cultura (30 y 31 de marzo en Barcelona) y la reunión de ministros de Telecomunicaciones (18 a 20 de abril en Granada).

La Red tiene previsto reunirse con representantes nacionales e internacionales de partidos políticos, representantes de la cultura y legaciones diplomáticas.

Firmado Red SOStenible

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La Red Sostenible somos todo. Si quieres adherirte a este texto, cópialo, blogguéalo, difúndelo.

En defensa de los derechos fundamentales en Internet III
January 11th, 2010

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En defensa de los derechos fundamentales en Internet II
January 11th, 2010

Argumentos contra la normativa y el proceso

  • La nueva normativa carece de sentido. La Justicia española ya cuenta a día de hoy con herramientas suficientes para luchar contra los que se salten derechos de propiedad intelectual. Que esta siempre resuelva en contra de la industria no es culpa de nadie y menos de los ciudadanos

  • El poder ejecutivo intenta traspasarse competencias que son propias del judicial y con ello dinamita uno de los pilares fundamentales de cualquier democracia que es la separación de poderes

  • Se le da rango de derecho fundamental a la propiedad intelectual, algo que debería ser dilucidado con mucha más calma y por varios estamentos y no solamente por el ejecutivo

  • Si la normativa se aprueba, supondrá un agravio comparativo con otros sectores industriales y los propios ciudadanos. ¿Por qué la industria cultural tiene que tener “juicios rápidos” y el resto no?

  • Se va a cargar de más trabajo a la Audiencia Nacional, tribunal excepcional que se ocupa de los casos más graves, como por ejemplo los relacionados con terrorismo o corrupción

  • Los ciudadanos no somos los culpables de que un sector se esté muriendo por el avance tecnológico. Ha pasado lo mismo en innumerables ocasiones a lo largo de la historia y en ninguna se impulsó su supervivencia a base de leyes

  • Quien decidirá en primera instancia si hay o no infracción será una comisión administrativa, no un juez

  • Los jueces pasarán por encima del asunto, no decidirán si determinada web ha vulnerado derechos de propiedad intelectual

  • El proceso puede utilizarse contra cualquier sitio de la red que los demandantes consideren está violando derechos de propiedad intelectual, aunque el Gobierno asegure que solamente se usará contra “no más de 100 webs”

  • El intercambio de archivos o enlaces en sitios para facilitar el intercambio de los mismos no es delito en España. La ley está dando por supuesto que lo anterior es un delito al establecer una comisión para investigarlo

  • La normativa choca o vulnera varios artículos de la Constitución (20, 24.2)

  • No es de recibo que para llevar la nueva norma hacia delante el Gobierno tenga que modificar nada más y nada menos que cuatro leyes, una de ellas la Ley Orgánica del Poder Judicial

Acciones contra la normativa y el proceso

  • Si tienes acceso a medios tradicionales distribuye en ellos los argumentos citados anteriormente
  • Deja patente tu disconformidad con la normativa en tu cuenta de Twitter, Facebook o cualquier otro sitios social
  • Distribuye los argumentos aquí expuesto (u otros), en tu web o blog
  • Copia esta imagen donde quieras
  • Pide a resto de fuerzas políticas del país voten negativamente contra toda medida relacionada con la nueva normativa (vía Twitter por ejemplo: @ppopular, @iunida, @pnveaj, @ciu etc)
  • Inicia cualquier otra acción de lucha que se te ocurra y apoya las que conozcas
  • Contribuye a centralizar las quejas en determinados canales (si ya existe un grupo en Facebook de protesta, no crees otro, únete a ese)
  • Menea, retwittea y copia

En defensa de los derechos fundamentales en Internet
December 3rd, 2009

En defensa de los derechos fundamentales en Internet

Ante la inclusión en el Anteproyecto de Ley de Economía sostenible de modificaciones legislativas que afectan al libre ejercicio de las libertades de expresión, información y el derecho de acceso a la cultura a través de Internet, los periodistas, bloggers, usuarios, profesionales y creadores de internet manifestamos nuestra firme oposición al proyecto, y declaramos que:

1.- Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.

2.- La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial. Ni un cierre sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no judicial -un organismo dependiente del ministerio de Cultura-, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.

3.- La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el sector tecnológico español, perjudicando uno de los pocos campos de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y ralentizando su proyección internacional.

4.- La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y entorpece la creación cultural. Con Internet y los sucesivos avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de multitud de fuentes diferentes.

5.- Los autores, como todos los trabajadores, tienen derecho a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y actividades asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a este nuevo entorno no es ni justo ni realista. Si su modelo de negocio se basaba en el control de las copias de las obras y en Internet no es posible sin vulnerar derechos fundamentales, deberían buscar otro modelo.

6.- Consideramos que las industrias culturales necesitan para sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y que se adecuen a los nuevos usos sociales, en lugar de limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que dicen perseguir.

7.- Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias políticas auspiciadas por sectores que pretenden perpetuar obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga siendo libre.

8.- Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la Red, en España ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.

9.- Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad intelectual orientada a su fin: devolver a la sociedad el conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las entidades gestoras.

10.- En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse tras el oportuno debate público y habiendo consultado previamente a todas las partes implicadas.No es de recibo que se realicen cambios legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no orgánica y que versa sobre otra materia.

Este manifiesto, elaborado de forma conjunta por varios autores, es de todos y de ninguno. Se ha publicado en multitud de sitios web. Si estás de acuerdo y quieres sumarte a él, difúndelo por Internet.

Prueba HD
August 11th, 2009

AIR Autoupdater en 10 pasos
July 14th, 2009

Ale, aquí os dejo cómo configurar un autoupdater para AIR en diez pasos.

1. Bajar el SDK de AIR.
2. Copiar el archivo applicationupdater_ui.swc a nuestra carpeta de proyecto.
3. Linkarlo en configuración de publicación.

advanced_settings_as3.jpg

4. Crear un updateConfig.xml con los siguientes parámetros:

XML:
<?xml version="1.0" encoding="utf-8"?>
<configuration xmlns="http://ns.adobe.com/air/framework/update/configuration/1.0">
    <url>http://www.robot04.com/reforest/update.xml</url>
   <delay>1</delay>
    <defaultUI>
           <dialog name="checkForUpdate" visible="false" />
           <dialog name="downloadUpdate" visible="true" />
           <dialog name="downloadProgress" visible="true" />
           <dialog name="installUpdate" visible="true" />
           <dialog name="fileUpdate" visible="false" />
           <dialog name="unexpectedError" visible="true" />
    </defaultUI>
</configuration>

5. En el Main o donde iniciéis la app (esto es solo una muestra, a partir de aquí se pueden jugar con todos los parámetros del ApplicationUpdater y configurarlo a vuestro gusto):

Actionscript:
package
{
    import air.update.events.UpdateEvent;   
    import air.update.events.StatusUpdateErrorEvent;   
    import flash.events.ErrorEvent;  
    import air.update.events.StatusUpdateEvent
    import air.update.ApplicationUpdaterUI;
   
    public class Main
    {
        public function Main()
        {
            initUpdater();
        }
        public function initUpdater():void
        {
            appUpdater = new ApplicationUpdaterUI();                appUpdater.addEventListener(StatusUpdateErrorEvent.UPDATE_ERROR, updateError);
            appUpdater.addEventListener(UpdateEvent.INITIALIZED, updateInitialized);
            appUpdater.addEventListener(StatusUpdateEvent.UPDATE_STATUS, updateStatus);
            appUpdater.configurationFile = new File("app:/updateConfig.xml");
            appUpdater.initialize();
        }      
        private function updateInitialized(event:UpdateEvent):void
        {
            checkForUpdates();
        }
        private function checkForUpdates():void
        {
            appUpdater.checkNow();
        }

        private function updateError(event:ErrorEvent):void
        {
            trace("Error");
        }

        private function updateStatus(event:StatusUpdateEvent):void
        {
            trace("update status: " + event.version);
            trace("update available: " + event.available);
            trace("update details: " + event.details);
        }
    }
}

6. Añadir el updateConfig.xml en los settings de AIR: File --> AIR Settings --> Included Files + updateConfig.xml.
7. Compilar versión dejando, por ejemplo, en los AIR Settings en el campo de versión 0.90, la instalamos y compilamos otra versión cambiando el valor de la versión a la 0.91.
8. Crear un update.xml con:

XML:
<?xml version="1.0" encoding="utf-8"?>
<update xmlns="http://ns.adobe.com/air/framework/update/description/1.0">
 <version>0.91</version>
 <url>http://www.robot04.com/reforest/reforest.air</url>
 <description><![CDATA[
Versión 0.91
 * Añadida actualización automática
 ]]>
</description>
</update>

9. Subir la versión nueva y el update.xml al servidor.
10. Añadir un nuevo tipo MIME ".air" al server

Abrimos la aplicación instalada y veremos que nos aparece la ventana de Update para descargar la nueva versión.
Nota: joder que mal se ven los estilos de syntax hiliter para los xml. Ya lo cambiaré.

Como? – Cámbiame
June 9th, 2009

El modo de visualizacion tiene que primero el dominio que tiene el servicio y debajo los servicio que tiene ese dominio pueden ser.

Dios que dura es la vida :)

Especificaciones para banner – Cámbiame
May 20th, 2009

Estas son las especificaciones:

"formato html, que es como si fuera un flash"

Venga pues nos ponemos manos a la obra ;)

Como NO DEBERÍAS nombrar – Cámbiame
May 6th, 2009

No puedo entender como todavía hay gente que aún nombra las carpetas o ficheros como en el siguiente ejemplo (es real):

Os he pasado en la carpeta "videos ok ok" el archivo frontal_ok_ok.mov corregido o_O
o la siguiente:
fondo-ok-ligeramente-fixed.jpg

No me quiero imaginar como pueden acabar estas cosas, siguiendo una sucesión lógica debería ser algo así.

En la carpeta "vídeos ok ok ok ok ok ok ok ok ok ok ok ok ok ok ok ok ok ok ok" te he dejado el vídeo frontal_ok_ok_ok_ok_ok_ok_ok_ok_ok_ok_ok.mov

En el segundo caso sería algo más complejo pero no menos curioso:

fondo-ok-ok-ok-ok-ok-ok-totalmente-de-verdad-final-completo-ok-ok-definitivo-fixed-del-todo4.jpg

Por favor, señores y señoras de cuentas, diseñadores y programadores... no usen este tipo de nomenclatura cuando tengan que trabajar con personas.

Config Constants – ActionScript 3.0
May 4th, 2009

Config Constants en Flash CS4. Con la creación de las constantes de configuración podemos acceder a partes de nuestro código dependiendo del valor de las mismas. Para ver un pequeño ejemplo, imaginad que tenéis un fla que va a ir en dos idomas, con las constantes podemos hacer que un mismo fla (o fla diferentes) accedan a un idioma en la programación o a otro.

Creamos un par de Constantes, una para el español CONFIG::ES y otra para el portugués CONFIG::PT y le damos a la primera un valor de true y a la segunda un valor de false en la configuración de publicación.

ConfigConstants.jpg

Después en nuestro código podremos tener lo siguiente:

Actionscript:
public function createButtons():void
{
        CONFIG::ES
        {
                botones = [ "El sistema de franquicias", "Pasos a seguir", "Tipos de tienda",
                        "Inversión inicial", "Criterios de emplazamiento" ];
        }
            
        CONFIG::PT
        {
            botones = [ "O sistema de franchising", "Passos a seguir", "Tipos de loja",
                        "Investimento Inicial", "Critérios de localização" ];
        }
}

Al compilar la película flash cogerá lo que aparezca dentro del CONFIG::ES e ignorará lo que esté dentro del CONFIG:PT.